La actual gestión, dirigida por Eduardo Sanz Lovatón, ha logrado que luego de 68 años la legislación que regula a las aduanas de República Dominicana sea modificada y actualizada. Hoy contamos con la Ley de Aduanas 168-21 acorde con los estándares internacionales y alineada con los nuevos tiempos.
PREGUNTAS FRECUENTES
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¿Por qué una nueva Ley de Aduanas?
- La Ley Núm. 3489 para el régimen de las Aduanas tenía más de 68 años de antigüedad, y no estaba acorde con las reglas del comercio internacional, que por su naturaleza son dinámicas y cambiantes.
- Los Acuerdos de Libre Comercio y Convenios Internacionales relacionados con la Aduana y el Comercio Internacional de mercancías, suscritos por la República Dominicana en las últimas 3 décadas, contenían aspectos de procedimientos aduaneros y facilitación comercial, mismos que no estaban reflejados o eran contradictorios con nuestra legislación aduanera.
- La Aduana había accedido a nuevas tecnologías que facilitaban el seguimiento y trazabilidad del proceso de despacho aduanero a través de medios electrónicos, y tecnología de inspección no intrusiva, tales como “Rayos X”, que no tenían un sustento o respaldo en la ley anterior.
- La ley 3489 había sufrido varias modificaciones, que la hacían carecer de un orden lógico, y existía mucha dispersión de los aspectos legales aduaneros.
- Por último, la ley 3489 contrastaba con las reformas legales e Institucionales que había transitado el país en los últimos 40 años, y que incidían en el quehacer aduanero tales como, el Código Tributario de los 90, la Constitución del año 2010, el Código Procesal Penal, y la Ley 107-13 sobre Procedimiento Administrativo.
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¿Cuándo entró en vigor la ley?
La Nueva Ley de Aduanas Núm. 168-21 fue promulgada el 09 de agosto de 2021, y publicada en gaceta oficial 11030, el 12 agosto del mismo año. La misma entró en vigor en todo el territorio nacional dos días después de su publicación en gaceta oficial, es decir, el 14 de agosto. No obstante, lo anterior, existen aspectos que necesitan ser automatizados en nuestro Sistema Aduanero, tales como plazos y recargos, por lo que se estará informando previamente a la comunidad comercial la fecha de entrada en vigor de los aspectos no supeditados a los reglamentos, otorgando un plazo prudente para facilitar el cumplimiento de esta ley. Los aspectos que necesitan colaboración reglamentaria entrarán en vigor una vez se dicten los reglamentos correspondientes.
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¿La nueva ley le quita autonomía a la DGA?
La personalidad jurídica, autonomía funcional, presupuestaria, administrativa, técnica y el patrimonio propio a la Dirección General de Aduanas (DGA) es mantenida y reforzada en esta Nueva Ley.
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¿Varían los aranceles?
Esta Ley no es una Ley de Aranceles o Impuestos de Importación, solo regula los procedimientos y regímenes aduaneros, por lo que los gravámenes arancelarios no han sido tocados, se mantienen igual.
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¿Cómo influye la Nueva Ley de Aduanas en que seamos el Hub logístico de la región?
- La Nueva Ley de Aduanas constituye un importante pilar para consolidar a RD como un Hub Logístico Regional.
- Esta Ley conceptualiza los términos Centros Logísticos, Depósitos o Centro de Operación Logístico, Empresas Operadoras de Centro Logístico, Logística, Sistema de Comunidad Logística, que anteriormente se encontraban en un reglamento.
- Incorpora la figura de los operadores logísticos como operadores aduaneros, es decir aquellos que realizan habitualmente actividades vinculadas a operaciones aduaneras.
- Se establece la transmisión de los manifiestos internacionales con anticipación a la llegada.
- Se prevé un plazo de un año para que las mercancías puedan permanecer en tránsito en el país, con plazo adicional de 15 días para su reembarque. Anteriormente el plazo máximo era de 75 días.
- Se permite la recepción de la documentación de importación en idioma inglés.
- Se establece que todas las tasas a cobrar sean específicas, y se limiten al costo aproximado del servicio prestado.
- Los tipos de garantías se establecerán en función del nivel de riesgo del operador.
- Se establece un plazo de habilitación mediante licencia de 15 años renovables para los centros logísticos y empresas operadoras logísticas.
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¿Si soy una Pyme, ¿qué debo saber acerca de la nueva ley?
Esta nueva ley está orientada a fomentar una cultura exportadora a las MiPymes, ya que regula y transparenta de manera clara y ordenada el proceso de exportación de mercancías, establece regímenes aduaneros de incentivos a la exportación, asimismo, simplifica y facilita todo el proceso de despacho de mercancías, y crea el Operador Económico Simplificado orientado a las Mipymes lo que brinda mayor seguridad jurídica, confianza y transparencia en sus operaciones.
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¿Cuáles son las principales novedades de la Ley?
- Se incorpora el uso de controles no intrusivos o invasivos.
- Se establece la coordinación de labores de los órganos Para-Aduaneros del Estado con la Aduana (inspección conjunta).
- Se agregan nuevas definiciones a los acuerdos medioambientales, Aduanas verdes.
- Se incorporan aspectos para el uso de tecnologías de la información, particularmente el uso de la firma electrónica o digital.
- Se establecen los elementos cualitativos de los impuestos aduaneros y se define la relación jurídica tributaria en materia aduanera.
- Se reducen sustancialmente los plazos de abandono, para descongestionar los puertos y aeropuertos.
- Se incorpora el pago a través de entidades bancarias.
- Se incrementa el plazo de prescripción a 3 años para armonizarlo con el Código Tributario.
- Se enumeran de forma clara y ordenada los procedimientos y regímenes aduaneros.
- Se establece la declaración y las resoluciones anticipadas.
- Se crean nuevos tipos penales tales como el Delito de Defraudación Aduanera, Sustracción de Prenda Aduanera, falsificación de documentos, entre otros;
- Se elimina la dispersión de los regímenes aduaneros;
- Se armoniza la legislación aduanera con las disposiciones constitucionales, Código Procesal Penal y Ley 107-13.
- Se permite el decomiso administrativo de mercancías reguladas o restringidas cuya procedencia ilícita sea comprobada, tales como: bebidas alcohólicas, productos derivados del tabaco y combustibles.
- Se recogen medidas de facilitación, tales como: el Operador Económico Autorizado y la Ventanilla Única de Comercio Exterior, que estaban previstas en Reglamentos dispersos.
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¿Cómo beneficia la nueva ley a los operadores aduaneros?
Esta Ley moderniza y simplifica los regímenes y procedimientos aduaneros, lo que contribuirá una mayor agilización en los trámites de despacho de las mercancías. Además, al eliminarse la dispersión legislativa, facilita una mejor comprensión y cumplimiento de los trámites y procedimientos aduaneros. Por último, esta Ley garantiza que la DGA ejerza sus atribuciones en el marco del debido proceso, lo que brinda seguridad jurídica y transparencia a los operadores.
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¿Cómo ayuda la ley a la transparencia?
- Esta ley elimina la discrecionalidad y fomenta la transparencia en varios sentidos. En primer lugar, se establecen criterios objetivos para la gradualidad y reducción de las sanciones, lo que antes se dejaba a la discrecionalidad del director.
- Se respeta la proporcionalidad de las sanciones, anteriormente muchas sanciones eran confiscatorias y expropiatorias.
- Se armonizó el procedimiento administrativo sancionador de la DGA con la Constitución y la Ley 107-13 que regula las relaciones entre la administración pública y los administrados.
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¿Afecta a las compras por internet?
La Nueva Ley no modifica el tratamiento impositivo y facilidades otorgadas a los consumidores y usuarios que realizan compras por internet. Los envíos Courier con fines personales que no sobrepasan los Doscientos dólares (US$200.00) pueden ser importados sin impuestos.
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¿Se establecen cambios para el plazo de los 10 días para la declaración de importaciones?
La Nueva Ley de Aduanas establece un plazo de declaración de cinco (5) días calendarios contados a partir de la llegada de las mercancías.